La Comisión ha decidido enviar cartas de emplazamiento a veintidós Estados miembros (entre ellos, España) por su incumplimiento de determinadas obligaciones derivadas del Reglamento sobre la difusión de contenidos terroristas en línea, como son: la obligación de designar a la autoridad o autoridades competentes para la emisión de las órdenes de retirada de contenidos y de poner dicha designación en conocimiento de la Comisión, la obligación de nombrar un punto de contacto público y la obligación de establecer la normativa y las medidas relativas a las sanciones en caso de incumplimiento de obligaciones legales.
El Reglamento sobre contenidos terroristas en línea es aplicable desde el 7 de junio de 2022. Los prestadores de servicios de alojamiento de datos están obligados a retirar los contenidos terroristas en el plazo de una hora en cuanto reciban una orden de retirada de las autoridades de los Estados miembros y a tomar medidas cuando sus plataformas estén expuestas a contenidos terroristas.