El Consejo y el Parlamento han alcanzado un acuerdo provisional para simplificar determinados requisitos de información en el ámbito de los servicios financieros y de apoyo a la inversión (mejora del intercambio de datos). El nuevo Reglamento reducirá la carga administrativa para las autoridades del sector financiero, simplificando las normas existentes sobre el intercambio de datos entre las Autoridades Europeas de Supervisión (AES) y otras autoridades del sector financiero y limitando los nuevos requisitos de información.
El Consejo y el Parlamento han acordado que el Comité Mixto de las Autoridades Europeas de Supervisión (AES), con todas las autoridades pertinentes, elabore un informe sobre la posible creación de un sistema integrado de información. El sistema integrado de información incluiría un diccionario común de datos y un espacio de datos para recoger e intercambiar información. El informe se elaboraría hasta 5 años después de la entrada en vigor del reglamento. La Comisión evaluaría entonces la conveniencia de presentar una propuesta legislativa para establecer dicho sistema.
El acuerdo provisional especifica que el alcance del intercambio de información se limitaría a la información derivada únicamente de la legislación de la UE. Las autoridades nacionales competentes participarán en el intercambio de información de forma voluntaria. El intercambio de información funcionará según el principio de «informar una vez», según el cual las autoridades del sector público comprobarán si la información ya está a disposición de otras autoridades antes de solicitar información a las entidades financieras, excepto en el caso de solicitudes urgentes.